Con el dinámico movimiento de los mercados, la competencia local y la apertura económica de nuestro país donde vemos la entrada de nuevos actores (empresas internacionales, importaciones de productos y servicios) para un mismo mercado objetivo, las empresas han estado adoptando nuevas prácticas gerenciales estratégicas que les permitan de un lado mantenerse en el mercado y por otro competir sanamente con sus productos y servicios. Dentro de estas prácticas encontramos las alianzas estratégicas que son vínculos entre dos o más empresas cuyo objetivo en común es fortalecerse con la generación de economías de escala y la eficiencia en su operación y con ello hacer frente a una competencia cada vez más dura.
Algunos ejemplos de alianzas estratégicas tenemos: contratos de exclusividad, contratos de abastecimiento, fondos de inversión, compras conjuntas, sector cooperativista y otras formas de cooperación, la compra o fusión de empresas, esta última con el objetivo de aumentar sus transacciones comerciales.
Existe el riesgo que estás alianzas estratégicas sean consideradas como prácticas anticompetitivas o que queden reguladas con requisitos para su ejecución en una próxima ley de competencia y por lo tanto es muy importante:
- Estar atentos a las disposiciones regulatorias en la próxima ley de competencia, observar si contempla la Regla de la Razón así como la Regla de Minimis, está ultima para que únicamente las prácticas anticompetitivas que sean significativas y que puedan afectar sensiblemente la competencia en el mercado sean investigadas.
- Que las empresas puedan revisar con su asesor legal, los contratos de alianzas estratégicas que tengan firmados, para establecer que no caigan en una ilegalidad con la inminente ley de competencia o tener la oportunidad de reestructurarlos.
- En el futuro tener mucho cuidado al firmar estos contratos de alianzas estratégicas, es muy saludable consultar con su asesor legal.
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