Con la entrada en vigencia de una Ley de Competencia hay que revisar a detalle las prácticas que utilizamos en las empresas para comercializar. La venta o compra de determinado producto o servicio puede estar sujeta a ciertas condiciones diferenciadoras, siempre y cuando respondan a criterios objetivos que se utilizan habitualmente en el mercado, de lo contrario, la conducta se podría considerar Comercialización discriminatoria y por lo tanto ser calificada como anticompetitiva.
Add Comment