La futura Ley de Competencia, se aplicará a los Agentes Económicos, quienes de conformidad con la iniciativa de ley 50-74, son (i) la persona individual o jurídica, ya sea nacional o extranjera, con fines de lucro o sin ellos, que desarrolle actividades económicas o que participe de cualquier forma en la actividad económica del país; y (ii) el Estado de Guatemala, sus entidades o dependencias públicas, centralizadas, descentralizadas, autónomas y semiautónomas, cuando participen en el mercado mediante la realización de actividades económicas.
Add Comment