Las Exenciones en las Leyes de Competencia

Este tema ha suscitado mucha reacción en Guatemala. Argumentos ideológicos se han antepuestos a temas empíricos y evidencia mundial. La verdad es que la mayoría de leyes de competencia del mundo conceden exenciones. De hecho la misma UNCTAD de Naciones Unidas lo reconoce. Aquí ud puede acceder a dicho documento: pinchando aquí.

Las razones para exentar son muchas, pero antes de entrar en ello hay que definir las dos clases de exenciones. Primero está la exención a una industria o sector de la economía. Segundo, tenemos las exenciones a actividades empresariales independientemente de que sector o industria la esté realizando. Como lo reconoce la misma NU, hay más exenciones en las leyes de países desarrollados que en los en vías de desarrollo.

Dicho lo anterior, que sectores o industrias suelen otorgarseles exenciones, he aquí las comunes:

a) Sector Eléctrico

b) Sector Financiero

c) Mercado Laboral y Sindicatos

d) Empresas e Instituciones del Estado

e) Cooperativas

f) Colegios Profesionales

g) Asociaciones y Gremiales

h) Sector Agro industrial

 

Dentro de las actividades exentas estan:

a) Fusiones y Adquisiciones

b) Uso compartido de instalaciones cuando sea por motivos de eficiencia

c) eficiencia en general

d) Compartimiento de información para uso de investigación, desarrollo y tecnología.

e) Asociatividad para atender mercados externos

entre otros.

En los próximos post analizaremos más a profundidad la lógica detrás de cada uno de ellos y se analizaran leyes específicas en materia de exenciones, partiendo con la clara, transparente y directa ley de competencia de Suecia.

 

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