Las Excepciones en la Ley de Competencia de Suecia

Hemos estudiado y analizado diferentes leyes de competencia a nivel mundial. Una de ellas es la de Suecia. Nos parece una ley muy buena por su claridad, visión y por ser concreta. En el post anterior expliqué el tema de las excepciones y en éste profundizamos analizando las excepciones que da la ley de Suecia, a ciertas actividades empresiarales y a ciertas industrias.  La ley es muy buena porque en su artículo 1 del Cap 1 claramente dice que ésta ley viene a: ” eliminar y contratacar obstáculos a la competencia en el campo de la producción de bienes y servicios “. (traducción propia)

Si ud. quiere leerla, pinche aquí. 

Enumeremos algunas de ellas:

  1. La primera excepción se da en el artículo 2 Cap 1 (es decir el segundo de toda la ley). Exención a los contratos laborales en materia de salarios y otras condiciones de empleo. Exención al sector laboral en otras palabras.
  2. En el artículo 2 de Cap2 da exenciones a: acuerdos entre agentes que contribuyan el mejoramiento de la producción, distrinución y promoción técnico y progreso económico.
  3. Exención cuando el consumidor recibe una porción de dichos beneficios.
  4. Exenciones en art 3 de cap 2. Lista de industrias que están exentas: servicios de taxi, acuerdos verticales que no son en bloque, acuerdos de especialización, acuerdos de investigación y desarrollo, sector de vehículos, sector de seguros, transferencia de tecnología.
  5. Art. 4 de cap 2. Exención a los acuerdos y asociaciones de productores agrícolas y sus subsidiarias y cooperativas para la producción, colección, procesamiento, venta para el uso de facilidades comunes, almacenamiento, preparación, distribución, mercadeo y comercialización.

Para cada exención, también se mencionan que conductas para dichos sectores no están exentos. Obviamente, la fijación de precios no está exenta en ninguno de ellos.

La belleza de la ley de Suecia es que analizó sector por sector, y vió en cual de ellos tenía cierto sentido exentar algunas acciones o actividades deseables pero también enumerando las conductas que si no son exentas.

Suecia es un país pequeño en el mundo en población y en tamaño de economía. Vale la pena que en Guatemala, los consultores a cargo de la ley pueden analizar técnicamente cada sector y ver que actividades que realizan en acuerdo o en cooperación son deseables y cuales no, siempre partiendo de un marco que ciertas conductas no pueden ser exentas como fijación de precios, negativa de venta, distribución de geografías, etc.

 

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